OPINIÓN

Tercera Llamada ¡Todos contra Estrada Ferreiro!

Esta es la colaboración de Iris Cebreros en ADN Informativo Mx

El Presidente Municipal de Culiacán, Jesús Estrada Ferreiro, ha superado récord en la agenda mediática debido a las tres solicitudes de juicio político interpuestas en su contra en las últimas semanas ante el Congreso del Estado y la Fiscalía General del Estado.

Bien conviene analizar primero el fondo de las solicitudes, es decir, si proceden; y segundo la forma, es decir, cómo es que estas solicitudes se han presentado y si esto es más una cacería de brujas o si realmente existe sustento legal en estas demandas.

Según declaraciones de Jesús Estrada Ferreiro, Presidente Municipal de Culiacán y abogado de profesión, es el Presidente de la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado de Sinaloa quien ha orquestado esta estrategia política en su contra con el apoyo del Gobernador, pero qué es esto realmente, una persecución política o un delito fundado y motivado a la Constitución.

Por lo anterior es preciso tomar en cuenta la información pública hasta el momento de acuerdo a las tres solicitudes que se presentaron ante las instancias correspondientes:

Primera llamada

La primera solicitud de juicio político en contra del Presidente Municipal fue interpuesta por el Colectivo “Pueblo Unido”, este documento estuvo acompañado de 10 mil firmas, sin embargo, las firmas no son vinculantes ni requisitos para la solicitud de un juicio político, por lo que esta medida hace más ruido y da resultados en lo mediático más que en lo legal.

Pero, ¿Qué es lo que reclaman?
Este colectivo a través de una representación a fuera de la llamada Casa del Pueblo, instalaron un cohete montado por una piñata con la figura de Estrada Ferreiro, acompañada de seis piñatas más en forma de ratas con fotografías de funcionarias y funcionarios del Gobierno Municipal, a quienes acusaron de desvío de recursos y violación de derechos humanos. De acuerdo a lo que informaron a los medios como pruebas no existen elementos para proceder legalmente, sin embargo, fue una primera llamada de ¡Cálmate Estrada! Un golpe sobre la mesa, al que el experimentado abogado hizo caso omiso porque conoce la Constitución y sabe que no procede.

Juicio político según la Constitución Federal

De acuerdo al Artículo 109 los servidores públicos y particulares que incurran en responsabilidad frente al Estado, serán sancionados conforme a lo siguiente:

Fracción Primera se impondrán, mediante juicio político, las sanciones indicadas en el artículo 110 a los servidores públicos señalados en el mismo precepto, cuando en el ejercicio de sus funciones incurran en actos u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho.

No procede el juicio político por la mera expresión de ideas, que en definitiva, es por este tema por el que han señalado en medios de comunicación el Colectivo Pueblo Unido y las viudas de policías.

Según el Artículo 110 Párrafo Segundo de nuestra Carta Magna“, sólo podrán ser sujetos de juicio político en los términos de este Título -Cuarto De las Responsabilidades de los Servidores Públicos, Particulares Vinculados con Faltas Administrativas Graves o Hechos de Corrupción, y Patrimonial del Estado- “por violaciones graves a esta Constitución y a las leyes federales que de ella emanen, así como por el manejo indebido de fondos y
recursos federales”.

Ley de Juicio Político

De acuerdo a la nueva Ley reglamentaria de los artículos 108, 109, 110, 111 y 112 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Ley de Juicio Político y de Declaración De Procedencia en su Artículo 5 “Podrán ser sujetos de juicio político por violaciones graves a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a las leyes federales que de ella emanen, así como por el manejo indebido de fondos y recursos federales”.

Pero, ¿Cuándo procede? Según la Ley de Juicio Político en su Artículo 6 “Es procedente el juicio político cuando los actos u omisiones de las personas servidoras públicas a que se refiere el artículo anterior, redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho.

Cuándo NO procede, cuando el juicio político se solicita por la mera expresión de ideas y cuando no se presenten pruebas de los hechos.

Por lo anterior, se entiende la actitud del Alcalde Jesús Estrada Ferreiro, quien sentado desde la primera fila observa pasar uno y otro acto, sabedor de derecho se observa difícil que logren probarle al alcalde lo que le imputan, más cuando el Presidente Municipal conoce como la palma de su mano los procedimientos de este tipo de juicios, por lo que no es fácil jugarle el dedo en la boca, si alguien de los actores de esta función está
experimentado en esta materia, es él.

Constitución Sinaloa

El Artículo 133 de la Constitución de Sinaloa señala las causas que podrán motivar la instauración del juicio:

I. La violación grave a disposición expresa de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, o de la Constitución Política del Estado, o a las Leyes que de ellas emanen.

II. El manejo indebido de fondos y recursos del Estado o de la Federación.

III. Los ataques a la libertad electoral.

Lo anterior de acuerdo a la normatividad que va a regular el procedimiento del juicio político en contra del alcalde de Culiacán, sin embargo, este parece más un circo que un tema de derecho, es una aberración este tipo de ataques, la mayoría sin fundamentos y con la única intención de llamar la atención y desviar la agenda pública y mediática a un tema que no le abona nada a la gobernabilidad de Sinaloa, que solo tiene que ver entre
intereses personales y grupos de poder.

Segunda llamada

La segunda solicitud de juicio político la presentaron las viudas de policías inconformes de que el Presidente Municipal no aplique la homologación de prestaciones a una ley que el congreso del estado aprobó de forma inconstitucional, ellas argumentan que el Alcalde de Culiacán ha violado sus derechos humanos, algo que no han podido probar ante la opinión pública, tan es así, que tantas solicitudes ya han generado desconfianza hasta a las
personas que no entienden nada de política, por lo que este tipo de grupos van perdiendo credibilidad social.

El Gobernador se escucha irritado, y no por gripa

Molesto el Gobernador Rubén Rocha Moya con el tema mediático que ha generado este tema y desconcertado que Estrada Ferreiro con sus conocimientos en litigio de Derecho Constitucional no acceda a sus demandas como el tomar en cuenta las reformas inconstitucionales que publicó en el Periódico Oficial del Estado de Sinaloa, ha hecho declaraciones que por cierto no es lo mismo leerlas en medios impresos o prensa digital
como escucharlo en espacios de noticias de radio, ahora sí, pero ahora sí, ya se escucha bastante irritado.

Y mientras los enfrentamientos políticos continúan, los desfiles en el Congreso del Estado también, y fue así que llegó la tercera llamada a esto que parece más bien un circo y una cachetada a la Constitución.

Pues resulta que esta semana llegó la tercera solicitud de juicio político en contra de Jesús Estrada Ferreiro, pero los misiles fueron más directos, y es que en esta ocasión no fueron ciudadanos los que presentaron solicitudes que a toda vista no proceden porque sus argumentos no son parte de las causales de nuestra carta magna y según lo que han declarado, no cuentan con las pruebas necesarias.

Tercera llamada

Esta tercera y quizás no la última, fue interpuesta por el Presidente de la Federación de Barras, Colegios y Asociaciones de Abogados del Estado de Sinaloa (FAS), Julio Sergio Alvarado Andrade, abogado litigante conocedor de las normas, pero parece que lo que le faltan son argumentos, el licenciado en derecho en esta ocasión señala como causal el desvío de recursos, el cual si es una causa de juicio político, a si sí, pues por ahí sí es, por fin… Perooo, el dirigente de la FAS habla de un desvío de recursos que debe probar, porque quienes aprueban las cuentas públicas de los municipios son los diputados desde el Congreso del Estado, y las de Culiacán se han aprobado sin problema desde la primera administración del Alcalde Jesús Estrada Ferreiro y no han sido observadas hasta la fecha. Por lo que no la tiene tal fácil en este round.

Pero lo que más llama la atención es que el Presidente de la FAS entre las causales agregue las dos solicitudes primeras, tal es el caso de las viudas de policías, ya que el abogado incluyó entre las pruebas noticias que se transmitieron en medios y que según violan los derechos humanos de las viudas.

El experimentado abogado sabe dos cosas:
1.- Las dos primeras solicitudes no proceden.
2.- la de desvío de recursos sí, pero solo si tiene pruebas que demuestren lo que señala. Pero ahora las preguntas son:
¿Por qué el dirigente del FAS está trabajando en equipo con las viudas y con el Colectivo “Pueblo Unido?¿Por qué entonces no presentaron una sola solicitud de juicio político?¿Por qué desean que la agenda mediática en contra de Jesús Estrada Ferreiro continúe?¿Cuáles son los intereses que están detrás de todo esto?¿Quién o quienes muelen los hilos y por qué?

Tal parece que se trata a todas luces de una estrategia mediática y política en contra del Presidente Municipal de Culiacán, riéndose de nuestra carta magna lo cual significa un insulto a nuestra Constitución, una burla para los ciudadanos, para los colegas abogados y para nuestras leyes.

Que vergüenza que en Sinaloa nos gobiernen y legislen a modo buscando sus propios intereses y violando nuestros derechos, en primera, el de informarnos de manera veraz.

Y mientras tanto, Jesús Estrada Ferreiro nada de muertito, y como luego dicen, de tanto hablar de él lo van hacer Santo. Aguas.

¡Como periodista se defiende la verdad, como abogada se protege la supremacía de la Constitución!
*Lo decreto, Amén*

Maestra en Ciencias, Iris Cebreros
Periodista, Abogada, Maestra en Gestión y Políticas Públicas

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