Obligan a Tesorera de Ahome dar respuesta a Síndica Procuradora
El Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa acreditó dos omisiones atribuidas a la funcionaria municipal
En cumplimiento a la sentencia dictada por la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (SG-JDC-157/2020), el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa resolvió el incidente de inejecución de sentencia, de clave TESIN-09/2020, interpuesto por la Síndica Procuradora de Ahome, Sinaloa.
La incidentista argumentó en su demanda, esencialmente, que el Secretario, la Tesorera Municipal y el Director de Administración, todos del Ayuntamiento, incumplían con la sentencia dictada por este Tribunal en el expediente incidental TESIN-05/2020, a través de la cual se ordenó dar respuesta y cabal cumplimiento a los requerimientos que les remitiera la Síndica Procuradora.
A decir de la actora, los servidores públicos mencionados no han dado respuesta a una serie de oficios que les hizo llegar en su calidad de Síndica Procuradora.
Sin embargo, del análisis de las pruebas aportadas en el expediente, el Pleno del Tribunal tuvo por acreditadas parcialmente dos de las omisiones atribuidas a la Tesorera Municipal, por lo que, por mayoría de votos, se declaró parcialmente fundado el incidente de inejecución de la sentencia dictada el 13 de julio de 2020 en el expediente incidental TESIN-05/2020.
En consecuencia, se ordenó a la Tesorera Municipal que, en un plazo de 5 días hábiles contados a partir de la notificación de la sentencia, remita a la Síndica Procuradora las autorizaciones presupuestales requeridas, así como la información concerniente al reporte detallado de egresos de los meses de julio y agosto de 2020.
Asimismo, como parte de los efectos de la sentencia, se ordenó:
A la Comisión de Gobernación, así como a la Comisión de Seguridad Pública y Tránsito, para que en un plazo de 5 días contados a partir la notificación de la resolución, remitan el dictamen de la resolución de clave AHOME/S.P/014/2019 al Secretario del Ayuntamiento, con la finalidad de que se continúe con el trámite correspondiente.
A Juan Francisco Fierro Gaxiola, Secretario del Ayuntamiento de Ahome que, una vez que reciba el dictamen referido en el párrafo anterior, incluya en la sesión de cabildo que se realice de manera posterior a la notificación de la sentencia la resolución de clave AHOME/S.P/014/2019.
Se exhortó a Gilberto Estrada Barrón, Director de Administración del Ayuntamiento de Ahome para que, en lo sucesivo, las respuestas que brinde a los requerimientos que le haga llegar la Síndica Procuradora sean realizadas en un plazo razonable.
Por último, se dio vista de la sentencia al Órgano Interno de Control del Ayuntamiento de Ahome para que en ejercicio de sus atribuciones determine lo que en derecho proceda y se vinculó al Presidente Municipal y a las y los integrantes del Cabildo para que lleven a cabo las acciones necesarias para el cumplimiento de la sentencia.
En el otro asunto, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa resolvió por mayoría de votos desechar, por extemporáneo, el juicio ciudadano TESIN-JDP-12, 13, 15 y 16/2020 acumulados, mediante el cual regidores y regidoras del Ayuntamiento de Ahome, Sinaloa, plantearon actos de violencia de género, hostigamiento y obstrucción del cargo atribuidos a la Síndica Procuradora de ese Ayuntamiento.
José Luis Pérez