Con algunas reservas, el Congreso aprueba la nueva Ley de Transparencia
Con 34 votos a favor y tres en contra, el pleno del Congreso del Estado aprobó este martes la Ley de Transparencia y Acceso a la Información de Sinaloa en lo general, aunque en lo particular se aprobaron tres modificaciones presentadas por los diputados Fredy Montoya, Jesús Trinidad Osuna Lizárraga y Carlos Enrique López Rochín en los artículos 95, 96 y 33, respectivamente.
La diputada perredista María del Carmen Romanillo, la única integrante de las comisiones dictaminadoras que no quiso firmar el documento, señaló que votó en contra debido a que los asuntos de fondo no fueron resueltos y solo se hizo una copia de la Ley General cuando los legisladores pudieron haber ido más allá, por lo que espera se considere una pronta y necesaria revisión de la misma.
“Las leyes locales pueden tener su propio ámbito en regulación, poniendo mayor énfasis en determinados aspectos que sean preocupantes en una región específica, como lo es Sinaloa. Si no fuera así, las leyes locales en las materias concurrentes no tendrían razón de ser, pues se limitarían a repetir lo establecido por el legislador federal, lo que resulta carente de sentido, pues se vaciaría el concepto mismo de concurrencia. En este sentido, las entidades federativas pueden aumentar las obligaciones o las prohibiciones que contiene una ley general”, indicó Romanillo Martínez.
Por su parte, la titular de la Comisión Especial de Transparencia y Acceso a la Información, Guadalupe Díaz Silva, defendió el dictamen señalando que el Congreso actuó en congruencia al socializar dicha ley, destacando que las opiniones de los organismos no gubernamentales que estuvieron participando fueron tomadas en cuenta, aclarando que en caso de que se apruebe a nivel nacional la Ley 3 de 3 se estará adecuando la misma dentro de la Ley de Responsabilidades Administrativas, no en la de Transparencia como se pedía.
“En suma, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Sinaloa es resultado de una equilibrada valoración de la Ley General de Transparencia, de la presentada por el Ejecutivo del Estado y de las valiosas aportaciones de quienes respondieron a la convocatoria que hizo este Congreso del Estado. Por tanto, descalificar el trabajo hecho en comisiones unidas desestima lo menos por lo más; implica en incurrir en una postura de todo o nada”, señaló Díaz Silva.
Las modificaciones hechas en el artículo 33 solo van en el sentido de la redacción de los requisitos para los aspirantes a la CEAIP. Las del artículo 95 dejan a criterio de los funcionarios enviar o no en versión pública sus declaraciones patrimoniales, cuando el dictamen original sí los obligaba. El cambio en el artículo 96 es que también se obliga a detallar información sobre las solicitudes de evaluación de impacto ambiental y los resolutivos emitidos por la autoridad, las opiniones técnicas en materia de impacto ambiental; los resultados de estudio de calidad del aire por Municipio; y el programa de ordenamiento territorial estatal, lo cual no estaba contemplado.
José Luis Pérez