SINALOA

Aprueban reforma de prisión preventiva oficiosa

De manera unánime por 35 votos de los diputados presentes en la sesión extraordinaria de este miércoles, el Congreso del Estado aprobó la reforma al artículo 19 de la Constitución que agrega nueve ilícitos al catálogo de delitos graves que ameritan Prisión Preventiva Oficiosa.

La introducción de los nuevos ilícitos en el catálogo de prisión preventiva oficiosa significa que las personas que sean acusadas y se les inicie un proceso, deberán ser puestas en prisión como garantía de que enfrentarán el juicio y responde a una mayoritaria demanda social respecto a la generalizada sensación de injusticia e impunidad, se señala en el dictamen.

De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 20 Constitucional, la prisión preventiva no puede ser mayor de dos años en ningún caso.

Los delitos que se incluyeron al catálogo son: uso de programas sociales con fines electorales; corrupción tratándose de delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, robo al transporte de carga, delitos en materia de hidrocarburos conocido como huachicoleo, así como abuso o violencia sexual contra menores, feminicidio, robo a casa habitación, desaparición forzada y desaparición cometida por particulares; delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y Fuerza Aérea.

Los delitos meritorios de prisión preventiva oficiosa que ya estaban contemplados en el artículo 19 constitucional son delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos.

El documento del dictamen aclara que la medida no es una acción automática y fuera de las reglas del proceso penal, al contrario, es dentro del debido proceso una excepción para que el Juez pueda determinar la imposición de dicha medida cautelar de prisión preventiva.

Con información de Katia Rivera

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