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Patrones tienen 8 días para pagar aguinaldos

El tiempo corre para que los patrones cumplan con el compromiso de pagar el aguinaldo a sus trabajadores. De acuerdo a lo que establece el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, el último día para que entregue esta prestación es el 20 de diciembre.

Eduardo Portillo Ávila, director del Trabajo y Previsión Social, explicó que de acuerdo a lo que marca la Ley, los trabajadores que hayan permanecido en una misma empresa deberán recibir un mínimo de 15 días por concepto de aguinaldo.

En caso de que sólo hayan permanecido por unos meses se les deberá cubrir un monto proporcional, el cual se calcula de acuerdo al salario diario y lo días laborados.

“Si el patrón no lo efectúa en tiempo y forma puede ser acreedor a una sanción económica por parte de la Dirección del Trabajo y Previsión Social; esta sanción ronda desde los 50 a los 5 mil salarios mínimos”.

Los trabajadores que no reciban su aguinaldo tienen la libertad de presentar una denuncia ya sea ante la Dirección del Trabajo y Previsión Social o bien ante la Procuraduría del Trabajo.
En 2017, por la falta de pago de esta prestación se presentaron 140 denuncias, de las cuales 128 fueron resueltas.

 

Con información de Cristina Medina

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